Zacatecas y la Independencia
a través de la infidencia





Marcelino
Cuesta Alonso y
Juan Elías
Raudry del Río

 

Introducción

 

Del mismo modo que a través de la denuncia a la Santa Inquisición se buscó preservar la unidad religiosa de los súbditos de la Corona Española, a través de la denuncia y los juicios por el delito de infidencia se buscó persuadir a la población de la Nueva España para que no se vinculase al movimiento insurgente. Los juicios que se desarrollaron en la Intendencia de Zacatecas nos ofrecen una visión desde la perspectiva realista y continuista de cómo se desarrollaron los acontecimientos relacionados con el movimiento independentista en Zacatecas, es decir cómo pensaron y actuaron una serie de personajes que fueron los primeros en defender la idea de una nueva nación dotada de una autoridad propia. Normalmente la historia se escribe desde la óptica de los vencedores y ahora nuestro interés es hacerlo desde la posición de los que a larga serían los vencidos, si bien es cierto que, a tenor de las circunstancias, fueron muchos los que optaron por el pacto y el arreglo pacífico para poner fin al enfrentamiento lo que implica que sea cuestionable hablar de vencedores y vencidos.

            Por infidencia el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua1 entiende la falta de confianza y de fe debida a alguien, pero a comienzos del siglo XIX por infidencia se entendían el delito cometido por quienes se negaban a reconocer la autoridad absoluta del rey, en este caso Fernando VI. Es decir se condenaba a las personas por no ser súbditos fieles a su monarca y por lo tanto a su autoridad desempeñada por sus representantes. En definitiva se trataba de una falta de fidelidad al rey y por lo tanto al juramento hecho por todos los individuos de permanecer bajo su autoridad.        

            Todavía en nuestros días el código de justicia militar policial peruano contempla el delito de infidencia en su artículo 78 entendido como una falta de lealtad hacia la patria al divulgar información reservada que afecte a la seguridad nacional.

            No era extraño que en la época colonial, cuando fallecía un monarca y llegaba la noticia a la Nueva España y por supuesto a Zacatecas se guardase luto oficial por ello. Del mismo modo cuando un monarca era coronado se establecían días festivos para conmemorar el acontecimiento, e incluso se erigían monumentos como el obelisco que se levantó en la plaza de armas de Zacatecas en 1724 en honor a Luis I. Esta construcción conmemorativa no fue un caso aislado pues sabemos que también en México capital del Virreinato se erigió una pirámide para conmemorar la llegada al trono de Luis I al tiempo que sería como escenario para la jura de lealtad de los súbditos novohispanos al nuevo monarca.2 Del mismo modo también sabemos que en Puebla se levantó otro obelisco para proclamar al rey Carlos III.3  Y es que con el advenimiento de un nuevo monarca se le exigía al pueblo un acto público en el que se le juraba lealtad y obediencia.

            Cuando en marzo 1808 tuvo lugar como consecuencia del motín de Aranjuez, la abdicación de Carlos IV a favor de su hijo Fernando VII, unos meses más tarde en agosto llegaría la noticia a Zacatecas en donde quien hacía las veces de intendente, José de Peón Valdés, solicitó a los subdelegados zacatecanos que se celebrasen aclamaciones en los distintos distritos a favor de Fernando VII. Peón señala que al llegar a Zacatecas periódicos en donde se decía que había sido proclamado rey el joven príncipe Fernando y que en la Península y en la misma capital del Virreinato se habían producido esas aclamaciones,4 era por lo tanto necesario que estas también tuvieran lugar en Zacatecas.5 Unos años más tarde al recibir la noticia de la aprobación de la constitución de Cádiz de 1812, nuevamente Peón Valdés solicitaría a los Zacatecanos, siguiendo las indicaciones del Virrey, que se debía organizar en todas las plazas de las principales ciudades de Zacatecas el acto de jura solemne de dicha constitución. A la vez se procedió a exaltar el trabajo de de las Cortes. El decreto de Peón, que transcribía lo dicho por el virrey, establecía lo siguiente: «que las plazas principal de todos los pueblos de las Españas, en las que se celebre o se haya celebrado este acto solemne (la jura de la Constitución), sean denominadas en lo sucesivo Plaza de la Constitución, y que se exprese así en una lápida erigida en la misma al indicado objeto».6

            Hay que tener en cuenta que para la mentalidad e la época el monarca no sólo representaba a la autoridad, era una especie de ser superior, que según la afirmación de teóricos como Jacques Bénigne Bossuet el rey ocupaba el trono como consecuencia de la providencia o voluntad divina, de tal modo que ir contra la autoridad de rey, era en cierto modo ir en contra del deseo divino. No olvidemos tampoco que como consecuencia de la existencia de un Regio Patronato, la Iglesia Católica en los dominios del monarca español estaba supedidata al rey y funcionaba como un instrumento propagandístico del sistema político establecido. En ese sentido cabe destacar como el mismo papa Pío VII el 30 de enero de 1816 exhortaba a los obispos americanos para que se mantuviesen fieles y profesasen sumisión a Fernando VII a través de su escrito Etsi Lingissimo:

 

Puesto que uno de los excelentes y principales preceptos de la santísima Religión que profesamos prescribe la sumisión de toda alma a la autoridad superior. Nos tenemos por cierto que en los movimientos sediciosos, tan dolorosos para Nuestro corazón, que se desarrollan en estas regiones (la América católica), habréis sido vosotros (los obispos) para vuestra grey consejeros asiduos y habréis condenado la sedición con ánimo firme y justo.7

 

De todos modos no se puede afirmar que todos los eclesiásticos pensaban de la misma manera, y ahí están especialmente los escritos de José Servando Teresa de Mier, de Miguel Hidalgo o del mismo José María Morelos y Pavón quienes distinguieron entre política y religión. Para Mier la defensa de la patria, la libertad y la felicidad eran justas y ante las excomuniones lanzadas contra Hidalgo y Morelos afirmó:

 

Las excomuniones de los españoles para mantenerse en el robo y en su tiranía, son tan injustas notoriamente y nulas como ridículas y despreciables; que ellos son los verdaderos excomulgados, o separados de la sociedad de los fieles de América; y que los insurgentes que mueren en defensa de sus derechos imprescindibles, no sólo deben ser enterrados eclesiásticamente y en sagrado, sino ser tratados con el respeto debido a los mártires de la patria.8

 

La coyuntura histórica

 

A partir de 1810 se desencadenaba en México el proceso de independencia y si bien en Zacatecas no se dieron episodios de especial violencia, no por ello dejaron de sufrir sus habitantes los avatares del periodo revolucionario.

Quince días después de comenzada la insurrección de Hidalgo, Zacatecas capital se llenó de pasquines en los que se animaba a la población a despojar a los españoles de sus bienes. Las autoridades promovieron entonces una renovación del juramento de fidelidad al rey, acto que fue refrendado por algunos vecinos de la ciudad. Además el cabildo reiteró su fidelidad al monarca y su intención de permanecer bajo la subordinación de las autoridades que representaban a Fernando VII.

Sin embargo Martín Escobedo Delgado sostiene que la población de la ciudad estaba en contra de ese tipo de actos, dando a entender que existía un claro desencanto hacia la autoridad representada por los españoles.

 

Pese a esas manifestaciones promovidas desde el sector gubernamental, la agitación entre léperos, artesanos y mineros, fue al alza. Lejos estaban los tiempos en que la aristocracia zacatecana organizaba festejos para lucir su preeminencia y el pueblo respondía sin reservas a la convocatoria. Las fastuosas ceremonias para celebrar la inauguración de algún templo o enaltecer la figura del monarca quedaron atrás. En adelante, la propaganda diseminada por los criollos letrados, y otros acontecimientos propios de esta turbulenta época, resquebrajaron el orden colonial. Zacatecas ya no volvió a ser la misma. La inquietud que provocaban los pasquines fue tal, que la ciudad despertaba cada mañana en espera de un nueva noticia infamante.9

 

El 8 de octubre de 1810 la ciudad de Zacatecas, a raíz del levantamiento del cura Hidalgo, se unía a la rebelión, por lo que su intendente Francisco Rendón optó por abandonar la ciudad dejando la intendencia en manos de su teniente letrado José Peón Valdés, quien por su parte abandonó la ciudad al día siguiente al comprobar que la ciudad se había pasado a la causa insurgente.10 Desde octubre hasta diciembre de 1810 la ciudad de Zacatecas estuvo en manos de los insurgentes. Los días 23 y 24 de dicho mes parece ser que había un grupo de españoles prisioneros en Zacatecas, entre los que se encontraba el teniente letrado José Peón Valdés, los cuales fueron trasladados a la ciudad de Guadalajara, si bien buena parte de ellos se librarían de las matanzas de españoles que tuvieron lugar en la ciudad entre diciembre de 1810 y enero de 1811.11

El 4 de marzo de 1811 cuando Hidalgo ya había sido derrotado en la batalla del Puente Calderón por las fuerzas del general Calleja y tras la liberación de Zacatecas, el cabildo de la ciudad restituyó en su cargo de teniente letrado a Peón Valdés, si bien al encontrarse todavía ausente de la ciudad, se nombró como sustituto a Felipe Ramos.12

Por indicaciones del general Calleja, se instituyó la Junta de Seguridad y Requisición de la Ciudad de Zacatecas cuya misión sería atender las numerosas denuncias que surgieron a veces reales y otras por venganzas personales, por infidencia.13 Fue entonces cuando comenzaron los juicios por infidencia hacia todos aquellos que de algún modo se sumaron o bien apoyaron a los insurgentes.

 

Los juicios por infidencia

 

El primero de los juicios por infidencia que se conserva en el Archivo Histórico del Estado de Zacatecas comenzaría el 1 de marzo de 1811 y el último concluiría el 2 de junio de 1814. Fueron un total de 25 casos, algunos de ellos recogidos en más de un expediente.

            Uno de los expedientes más extensos que se registra en el Archivo Histórico del Estado de Zacatecas fue el relacionado con los hermanos Víctor y Juan Rosales. Pero en el juicio no se les encontró culpables a pesar de los rumores de que ellos habían participado en reuniones en casa de Teodoro Ayala en las que se había conspirado contra la corona.14 Sin embargo, dado que la situación en el territorio de la intendencia que aún registraba focos de insurgencia, dio lugar a que se ordenase la prisión de los Rosales. Durante su estancia en prisión otros personajes fueron arrestados supuestamente por estar relacionados con los Rosales en las actividades insurgentes y así se inició el proceso contra José Antonio de Nieva, Tiburcio Cortés y socios, por el delito de infidencia. El juicio supuestamente se inició ante el rumor de que José Antonio había llevado una supuesta carta a Víctor Rosales en donde le pedía instrucciones para los insurgentes que se hallaban en Villanueva. Y si bien tras un registro de la celda de Rosales no se halló dicha carta.

            Para el 25 de marzo de 1812 José de Peón Valdés, quien ya estaba de vuelta en la ciudad, puso en libertad a los hermanos insurgentes Víctor y Juan Rosales.15 Tras ser liberados, los hermanos Rosales huyeron de la ciudad pues se conserva una solicitud del comandante José de la Cruz al teniente letrado José de Peón Valdés —del 16 de mayo de 1812—, en donde se dice que se les volvió a procesar: «por sospechas de que habían reincidido en el crimen de infidencia».16 Como se puede ver el hecho de que un experto en leyes llegase a la ciudad y se pusiese a cargo de la justicia puso fin a los procesos sumarios y a la imposición de penas injustificadas, sin embargo las ansias de venganza no cesaron por parte de quienes deseaban mostrarse fieles al régimen aunque fuese a costa de acusar a sus vecinos.

            El clima de miedo y delaciones continuó ya que en este proceso tuvo como consecuencia que se decretasen nuevos arrestos como el de Teodoro Ayala y el de otro personaje que fue relacionado con la insurgencia, el Chato Ayala, quienes lograron escapar de la ciudad de Zacatecas antes de ser arrestados.17 Como se puede ver los implicados debían de contar con algún confidente cercano a la Junta pues lograron ponerse a salvo antes de caer en manos de la justicia contrainsurgente. Otra característica que se observa en dichos juicios es que se basaban en puros rumores ya que no se hallaron pruebas claras que sirviesen para determinar la culpabilidad de los reos, de todos modos ello no fue impedimento para que se decretase prisión contra los mismos. Era necesario hallar culpables a toda costa para que la participación de Zacatecas en los acontecimientos insurgentes no quedase sin castigo.

            Otro personaje destacado de la ciudad que no se libró de la acusación de infidencia fue el Conde Santiago de la Laguna, quien había acudido a la ciudad con sus gentes para mantener el orden en octubre de 1810 cuando Zacatecas se sumó a la insurgencia para mantener el orden. E incluso fueron sus hombres los que escoltaron a los españoles a Guadalajara con la orden de protegerlos y evitar que fueran ejecutados por las fuerzas de Hidalgo. Pero no por ello se libró el conde de ser acusado de infidencia. A él se le acusó de haberse apropiado de bienes de europeos durante el tiempo que desempeñó el cargo de intendente interino de Zacatecas.18 Pero la prudencia con la que éste había actuado y el hecho de haber protegido con sus hombres a los españoles, le sirvió para salir bien librado del juicio.

De manera paralela a como se desarrollaron los juicios por infidencia, también hubo juicios por conspiración, por robo, por asistir a los insurgentes, por unírseles o bien por proferir gritos o sencillamente hablar a favor de los insurrectos. Pero por el momento no me ocuparé de ellos. Solamente destacar que las penas más severas las recibieron aquellos que saquearon bienes aprovechando la confusión del periodo, e igualmente los que asesinaron a españoles.19

Así mismo también aparecen involucradas con la infidencia algunas mujeres como fue el caso de María Josefa Ortega, estudiado por la Dra. Emilia Recéndez Guerrero. María Josefa había sido detenida un domingo 5 de noviembre de 1811acusada de esconder en su casa al dominico Pedro Saavedra quien era considerado insurgente. Tras los interrogatorios y la tortura a la que fue sometida ésta y su hija de trece años, la pequeña confesó tras ser golpeada que efectivamente el dominico había estado en la casa, si bien en el juicio posterior sostuvo que había hecho esa afirmación por temor a los golpes de sus captores. Tras la toma de declaración a varios testigos finalmente la acusada resultó inocente de los cargos.20

 

También el clero

 

Los eclesiásticos tampoco se libraron de ser acusados de infidencia. El primer caso registrado en Zacatecas se dio contra el presbítero Joaquín Velasco y Altuna quién fue acusado de infidencia por Salvador Ramírez y Victoriano Flores, vecinos del real de Mazapil. Los motivos de la denuncia fueron muy vagos pues se le acusaba de no criticar desde el púlpito la causa insurgente, así como por decir que no se entregase un cajón de pólvora que tenía el juez del real y que se esperase a la llegada de las fuerzas realistas. Así mismo fue acusado de predicar a los vecinos que no se opusieran a los insurgentes y de no clavar en la puerta de su parroquia el edicto en el que se excomulgaba al cura Hidalgo. Sin embargo la acusación más grave fue la de recibir a la puerta de la Iglesia con capa pluvial, es decir con las mejores y más solemnes galas que podía lucir un sacerdote, al líder insurgente Gazcón para luego entonar un Te Deum, es decir un canto de acción de gracias. De todos modos en su defensa comentó que con la llegada de las tropas realistas a Mazapil había salido a predicar por la calles a favor de las mismas. Finalmente tras un largo proceso el sacerdote fue absuelto, no sin antes haber sufrido prisión en el convento de Santo Domingo mientras se celebraba el proceso. Llama la atención como muchos de los testigos que habían declarado en su contra, terminaron retractándose de sus acusaciones afirmando que no deseaban mostrarse como enemigos del sacerdote ni sufrir las represalias de los vecinos de Mazapil. Incluso pidieron que se olvidase el asunto justificando su conducta en el hecho de haber actuado así por cumplir con su deber para con el rey, la patria y la religión.21

Otro fue el caso del subdiácono José Miguel Márquez arrestado en marzo de 1811 en la localidad de Jerez acusado de infidencia. Por lo visto se decía que había colaborado con el líder insurgente Rafael Iriarte, sin embargo el testimonio de Teresa Miranda, madre del acusado quien afirmó que ambos se conocían y eran amigos desde su estancia en el Colegio de Guadalajara, sirvió para que tras nueve meses de cárcel fuera absuelto del supuesto delito de infidencia.22 Es decir un nuevo caso basado en sospechas y que concluyó en absolución por falta de pruebas.

            Muchas de las acusaciones contra clérigos en la intendencia de Zacatecas provinieron de un sacerdote el cura Álvarez, quien a parte de acusar al subdiácono José Miguel Márquez, también lo hizo con respecto al franciscano Nicolás de Porres. Este caso resulta llamativo pues a pesar de contar con el indulto del general Calleja fue encerrado en el Convento de San Agustín desde mayo de 1811 por indicación del cura Álvarez.23

            Incluso el mero hecho de atender las heridas de los insurgentes supuso juicio por infidencia. Ese fue el caso del fraile Miguel de Castro y Acuña, prior del Hospital de San Juan de Dios en Zacatecas. Se le acusaba de haber permitido la fuga del hospital del insurgente López de Oropeza junto con el hijo de otro famoso insurgente llamado Villagrán. En el juicio se comentó que quienes se habían ido del hospital, durante el periodo en cuestión, no eran los mencionados sino José María Moreno oriundo de la Villa de Lagos, Francisco Ramos del Real de Ángeles y otro individuo llamado Francisco Rodríguez originario de Tepic. Al no poder encontrar pruebas contra el acusado se le interrogó acerca de si tenía conocimiento acerca de la presencia de frailes simpatizantes con los insurgentes en el hospital, a lo que respondió que sólo conocía a uno fray Manuel Sánchez quien poseía un indulto otorgado por el general Calleja. Sobre este proceso se conservan cinco expedientes, cosa que era bastante infrecuente en los juicios por infidencia en Zacatecas, pues era raro que se reabrieran los casos, y a pesar de ello el prior fue absuelto finalmente.24

            El afán persecutorio contra la insurgencia lleva a que también se hicieran procesos de infidencia por el mero hecho de no avisar de la preparación de ataques insurgentes. Ese fue el delito por el que fue acusado José María Medina, nuevamente por el Cura Álvarez.25

 

Conclusión

 

Como se ha podido ver a lo largo del texto la mayor parte de los juicios que tuvieron lugar en Zacatecas por el delito de infidencia terminaron con sentencias absolutorias. Buena parte de los inculpados lo fueron por rumores, o sencillamente por el mero hecho de simpatizar con los insurgentes.

Otro aspecto notable que se puede percibir en dichos procesos fue la falta de profesionalidad por parte de quienes formaron parte de los tribunales encargados de juzgar a los encausados, de ahí que con la llegada del teniente letrado José de Peón Valdés, quien se hallaba preso en Guadalajara por el hecho de ser español peninsular, éste procedió a la liberación de los acusados. Su modo de proceder actuando de acuerdo a la ley y la justicia, no pasó desapercibido para los zacatecanos, pues una vez consumada la independencia lo encontraremos al frente del primer Tribunal Superior de Justicia en Zacatecas como presidente del mismo.

El motivo de la falta de profesionalidad de dichos tribunales que aceptaron procesar acusaciones la mayor parte de las veces poco fundamentadas, habría que verlo en la necesidad de encontrar culpables para satisfacer a las autoridades realistas y en cierto modo el anhelo de represalias por parte de quienes habían sufrido los avatares del primer periodo insurgente.

De todos modos la benignidad con que fueron tratados aquellos a quienes no se les encontró delitos de sangre, ni robos de propiedad, se puede comparar con el buen trato que recibieron los españoles por parte de los Zacatecanos que se sumaron a la rebelión. Pareciera como si unos y otros no se dejaron arrastrar por sus ideales y más bien se mantuvieron a la expectativa con una actitud prudente en previsión de lo que pudiera suceder en el futuro. Aspecto este que todavía se puede observar en la población Zacatecana del siglo XXI.

 

Notas

 

1. http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=infidencia (14/10/2011).

2.  Tovar De Teresa, Guillermo, Bibliografía novohispana de arte. Segunda parte. Impresos mexicanos relativos al arte del siglo XVIII, FCE, México, 1988, p. 114.

3. Ibid, p. 128.

4. AHMS, Ayuntamiento, Carpeta: 154, Año: 1808, snf.

5. Íbidem.

6. AHMS, Impresos, Carpeta: 262, Año: 1813, snf.

7. Saranayana Closa, Josep Ignasi,(dir.) Alejos Grau, Carmen José, (coord.) Teología en América Latina, Vol. II/2, De las guerras de independencia hasta finales del siglo XIX (1810-1899), Iberoamericana Vervuert, Madrid 2008, p. 39.

8. Ibídem, p. 215.

9. Escobedo Delgado, Martín, El debate de las ideas. Propaganda política en la Nueva España 1792-1814, Universidad Autónoma de Zacatecas, Zacatecas 2008, p. 303.

10. Sánchez Tagle, Héctor, Insurgencia y Contra Insurgencia en Zacatecas, 1810-1813, (tesis doctoral inédita pro manuscripto) Universidad Autónoma de Zacatecas, Zacatecas 2005, pp. 62-64.

11. AGN, Infidencias, Vol. 66, Exp. 129, «Causa contra el religioso franciscano Antonio de la Luz Gálvez», Secretaría del Virreinato, 1812, f. 53.

12. Ibídem, p. 120.

13. Sánchez Tagle, Héctor, Insurgencia y Contra Insurgencia en Zacatecas, 1810-1813, (tesis doctoral inédita pro manuscripto) Universidad Autónoma de Zacatecas, Zacatecas 2005, pp. 147-148.

14. Poder Judicial, Criminal Colonial, Caja 22, Exp. 4, «Causa seguida por Martín de Medina teniente coronel de infantería de Nueva España contra Víctor y Juan Rosales por el delito de infidencia», Zacatecas,1811, f.1.

15. AHEZ, Fondo Poder Judicial, Criminal Colonial, Caja 24, Exp. 20, “Diligencias de la aprobación de la sentencia y libertad de Víctor y Juan Rosales” 1812, ff.1-3.

16. AHEZ, Fondo Poder Judicial, Criminal Colonial, Caja 25, Exp. 6, «Diligencias hechas por la Junta de Patriotas de esta  ciudad del paradero de Víctor y Juan Rosales», Zacatecas, 1812, ff. 1-9v.

17. AHEZ, Fondo Poder Judicial, Criminal Colonial, Caja 22, Exp. 12, AÑO 1811- 1812

«Diligencias de la junta de seguridad de esta ciudad, en la denuncia contra José Antonio de Nieva, Tiburcio Cortés y socios, por el delito de infidencia». Fecha de inicio 4 de julio de 1811. Fecha final 5 de julio de 1812, f. 88.

18. AHEZ, Fondo Poder Judicial, Criminal Colonial, Caja 22, EXP. NÚM. 22, AÑO 1811, «Testimonios de la causa seguida por la Junta de Seguridad de la Ciudad de Zacatecas contra el Conde de Santiago de la Laguna, por infidencia». Fecha de inicio 16 de agosto de 1811, fecha final 9 de septiembre de 1811 f. 13.

19. Sánchez Tagle, Héctor, Insurgencia y Contra Insurgencia, p. 150.

20. Recéndez Guerrero, Emilia; Girón Sifuentes, Juan José, Zacatecanas bajo la guerra de Independencia en México, en Macías Gloria, Felipe y Campos Rodríguez Patricia, El sujeto cultural y los estudios multidisciplinarios. Prácticas sociales y discursivas, Universidad de Guanajuato, Guanajuato 2011, pp. 81-83.

21. AHEZ, Fondo Poder Judicial, Criminal Colonial, Caja 21, Exp. Num. 15, Año 1811- 1813. «Denuncia de Salvador Ramírez y Victoriano Flores, vecinos del real de Mazapil, contra el cura presbítero Joaquín Velasco y Altuna, por infidencia».Fecha de inicio 30 de abril de 1811, fecha final 2 de marzo de 1813, f., 83. Burciaga Campos, José Arturo, El juez, el clérigo y el feligrés. Justicia, Clero y Sociedad en el Zacatecas Virreinal, Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas, Zacatecas 2007, pp. 115-121. Escobedo Delgado, Martín, El debate de las ideas…, pp. 302-303.

22. AHEZ, Fondo Poder Judicial, Criminal Colonial, Caja 21, EXP. NÚM. 25, Año 1811- 1812. «Autos de la causa por indicios de sedición e infidencia contra el bachiller y subdiácono de la villa de Jerez: José Miguel Márquez», Fecha de inicio 30 de mayo de 1811, fecha final 4 de junio de 1812, f. 29.

23. AHEZ, Fondo Poder Judicial, Criminal Colonial, Caja 23, EXP. NÚM. 12, Año 1811- 1812. «Providencias de fray Nicolás de Porres, religioso de la orden de nuestro padre San Francisco, para que se dé atención médica en el hospital de San Juan de Dios y se le reciba información sobre la causa que se sigue contra él por el delito de infidencia». Fecha de inicio 30 de noviembre de 1811, fecha final 18 de abril de 1812, f. 20.

24. AHEZ, Fondo Poder Judicial, Criminal Colonial, Caja 23, EXP. NÚM. 6, Año 1811- 1812. Diligencias sobre la demanda contra fray Miguel de Castro y Acuña Prior del convento hospital de San Juan de Dios, por infidencia, al permitir la fuga de insurgentes que se encontraban heridos en el citado hospital.Fecha de inicio 2 de noviembre de 1811, fecha final 11 de febrero de 1812, f. 45; Caja 24, EXP. NÚM. 15 Año 1812, Diligencias de Francisco Losio, defensor nombrado en los autos contra fray Miguel de Castro y Acuña, para dar información sobre las calumnias y falsedades contra su defendido en la demanda por infidencia. Fecha de inicio 2 de marzo de 1812, fecha final 21 de julio de 1812, f. 68;  EXP. NÚM. 17, año 1812, Cuaderno número tres de la causa por infidencia seguida contra fray Miguel de Castro y Acuña, prior del convento de San Juan de Dios. Fecha de inicio 4 de marzo 1812, fecha final 1 de junio 1812, f. 10; Caja 25, EXP. NÚM. 12, Año 1812 Cuaderno número dos de la causa seguida contra fray Miguel de Castro y Acuña, prior del convento hospital de San Juan de Dios, por infidencia. Fecha de inicio 29 de julio de 1812, fecha final 14 de diciembre de 1812, f., 29; EXP. NÚM. 20, Año 1812, Cuaderno número cinco de la causa seguida contra fray Miguel de Castro y Acuña, prior del convento hospital de San Juan de Dios, por infidencia. Fecha de inicio 14 de octubre de 1812, fecha final 28 de abril de 1814, f., 35.

25. AHEZ, Fondo Poder Judicial, Criminal Colonial, Caja 22, EXP. NÚM. 16, Año 1811- 1812. «Segundo cuaderno de la causa seguida contra José María Medina, vecino del valle de Huejúcar, por el delito de infidencia. Fecha de inicio 4 de agosto de 1811, fecha final 14 de febrero de 1812, f., 40;  Caja 24, EXP. NÚM. 10, Año 1812. Diligencia de José María Medina vecino del valle de Huejúcar y preso en la cárcel de esta ciudad, para que se le reciba información sobre la demanda en su contra por infidencia. Fecha de inicio 8 de febrero de 1812, fecha final 24 de julio de 1812, f.,  39».

 

Bibliografía

 

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